Módulo 13. Consecuencias de Alterar la cadena de custodia e indicios

Curso: El Registro de la Cadena de Custodia de Indicios

Según el Código Penal Federal:


TITULO DECIMOPRIMERO
Delitos cometidos contra la administración de justicia

CAPITULO I
Delitos cometidos por los servidores públicos

Artículo 225.- Son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes:

XXXI. Alterar, modificar, ocultar, destruir, perder o perturbar el lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos relacionados con un hecho delictivo o el procedimiento de cadena de custodia;

A quien cometa los delitos previstos en las fracciones IV, V, VI, X, XI, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XXI, XXII, XXIII, XXVII, XXVIII, XXX, XXXI, XXXII, XXXV, XXXVI y XXXVII se le impondrá pena de prisión de cuatro a diez años y de cien a ciento cincuenta días multa.


Publicidad



Como puede observarse este delito es federal, por lo que la Fiscalía General de la República es quien ejerce acción penal sobre el delito.


 Anterior   Índice   |   Siguiente 


Profesor: Omar Alejandro De León Palomo
Reseña: Perito en Lofoscopía Forense.
Licenciado en Criminología
con Maestría en Criminología y Ciencias Forenses.

Contacto: academia.criminociencia.com/Omar-De-León

 

Deja un comentario.