Módulo 13. Consecuencias de Alterar la cadena de custodia e indicios
Curso: El Registro de la Cadena de Custodia de Indicios
Según el Código Penal Federal:
TITULO DECIMOPRIMERO
Delitos cometidos contra la administración de justicia
CAPITULO I
Delitos cometidos por los servidores públicos
Artículo 225.- Son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes:
XXXI. Alterar, modificar, ocultar, destruir, perder o perturbar el lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos relacionados con un hecho delictivo o el procedimiento de cadena de custodia;
A quien cometa los delitos previstos en las fracciones IV, V, VI, X, XI, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XXI, XXII, XXIII, XXVII, XXVIII, XXX, XXXI, XXXII, XXXV, XXXVI y XXXVII se le impondrá pena de prisión de cuatro a diez años y de cien a ciento cincuenta días multa.
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Como puede observarse este delito es federal, por lo que la Fiscalía General de la República es quien ejerce acción penal sobre el delito.
Profesor: Omar Alejandro De León Palomo
Reseña: Perito en Lofoscopía Forense.
Licenciado en Criminología
con Maestría en Criminología y Ciencias Forenses.
Contacto: academia.criminociencia.com/Omar-De-León
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